Cuando dos agencias se disputan una comisión, lo que se mira es quién enseñó el piso primero. Y esa fecha, hoy, la pone la propia agencia en su propio papel. Custodia hace que la ponga un tercero independiente.
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Te contamos cómo queda tu hoja de visita, sin compromiso.
Tu comercial enseña el piso un martes. Seis semanas después el mismo comprador firma con otra agencia, que dice que se lo enseñó ella antes. Tú tienes una hoja de visita firmada con fecha del martes. Ellos tienen otra, firmada, con fecha del lunes anterior.
Las dos hojas son igual de creíbles. Las dos fechas las escribió quien las presenta. Y la comisión de una operación media no es una cifra por la que nadie vaya a ceder por educación.
El problema no es que no tengas el documento. Es que tu documento no puede probar su propia fecha.
Se escribe la que se quiera, cuando se quiera. Un archivo creado ayer puede decir que es de hace tres meses.
Prueba que enviaste algo, no qué enviaste exactamente. Y el adjunto que enseñas después puede no ser el que salió.
Que el comprador firmara la hoja no acredita el día en que la firmó. Son dos pruebas distintas y hacen falta las dos.
El documento que acredita que fuiste tú quien puso a ese comprador delante de ese inmueble, y en qué fecha. Es el que decide la comisión cuando hay disputa.
Cuándo empezó el encargo y cuándo vence la exclusiva. Con fecha certificada, el propietario que vende por su cuenta dentro del plazo no puede discutir el calendario.
Plazos, penalizaciones y entrega. El día en que se firmó determina cuándo vence todo lo demás, y suele ser lo primero que se pone en duda.
Lo que el cliente aceptó pagar y cuándo lo aceptó. Sellada en el momento, deja de ser tu palabra contra la suya seis meses después.
Cualquier otro documento se sella igual: informes de valoración, autorizaciones de publicación, actas de entrega de llaves.
No sellamos solo el PDF que ya tienes: phoneIA genera la hoja de visita con los datos de la operación y con las condiciones que escriba tu agencia, y la sella en el mismo acto.
Las condiciones, los honorarios y la información de protección de datos las redacta tu agencia. Nosotros ponemos la estructura, los campos y la maquetación.
Cuando cambies una cláusula, la anterior queda archivada con su fecha. Tres años después puedes probar qué texto estaba vigente el día de aquella visita.
Los datos de la visita entran desde el CRM, el documento sale con su QR de verificación y se sella en el mismo momento.
Si no tienes hoja de visita propia, partes de una de ejemplo con la estructura ya montada. Es orientativa: no sustituye al criterio de tu empresa ni al de tu asesor, y el contenido que dejes en ella es responsabilidad tuya. Mientras no la edites sale con marca de agua y no se sella — así nadie acaba enviando por inercia un texto que no ha leído.
El sellado ocurre dentro de phoneIA en el momento en que se cierra el documento.
El comprador firma la hoja en el móvil del comercial, como hasta ahora.
Una autoridad independiente certifica la fecha y la hora exactas del documento.
En el expediente de la operación, con su huella y su sello. Nadie tiene que acordarse de nada.
La otra agencia, su abogado o el juzgado, desde un enlace público con el QR del documento.
Envías un enlace. Quien lo abre ve el documento, la fecha certificada por un tercero ajeno a ti, y puede descargarse el sello y verificarlo por su cuenta con herramientas públicas, sin fiarse de ti ni de nosotros. La conversación deja de ser «mi papel dice esto y el tuyo dice lo otro» y pasa a ser una comprobación con un solo resultado posible.
El documento sale con tu marca y con tu texto. El QR del pie lleva a una página que cualquiera puede abrir, y ahí es donde la discusión se acaba.
El texto de este apartado lo redacta la agencia. Custodia pone la estructura, los campos y la fecha certificada; el contenido y su adecuación legal son de quien firma el documento.
Sin registrarse y sin pedir permiso a la agencia. El sello se puede comprobar por separado con herramientas públicas.
Simulación con datos ficticios para enseñar la maquetación.
Que ese documento exacto existía en esa fecha y hora, certificado por una autoridad ajena a la agencia, y que no ha cambiado ni un byte desde entonces.
Una hoja de visita sellada demuestra que esa hoja es de ese día, no que la visita ocurriera. Por eso se sella el documento firmado por el cliente: la firma aporta el quién y el sello aporta el cuándo. Es firma electrónica simple más sello de tiempo, no firma electrónica cualificada.
Sellos de tiempo electrónicos conformes al estándar RFC 3161, en el marco del Reglamento eIDAS (UE) 910/2014 y la Ley 6/2020. El artículo 41.1 impide negarles efecto jurídico o admisibilidad como prueba por ser electrónicos. La presunción reforzada del artículo 41.2 corresponde a los sellos emitidos por prestadores cualificados, que es lo que consume el bono.
La firma dice quién aceptó. El sello dice cuándo existió y que no ha cambiado. Son pruebas distintas y la disputa por una comisión se pierde casi siempre por la segunda.
| Solo firma | Firma + sello estándar | Firma + sello cualificado | |
|---|---|---|---|
| Prueba quién aceptó | Sí | Sí | Sí |
| Prueba la fecha | La pone quien emite | La certifica un tercero | La certifica un tercero |
| Detecta si se modificó después | No | Sí | Sí |
| Quién tiene que probarlo en un juicio | Tú | Tú | La otra parte |
| Base legal | eIDAS art. 25.1 | eIDAS art. 41.1 | eIDAS art. 41.2 |
El sello cualificado tiene presunción legal de que la fecha es exacta y de que los datos no se han alterado. Eso invierte la carga de la prueba: con un sello estándar eres tú quien tiene que convencer al juez de que la fecha es buena; con uno cualificado, es la otra parte la que tiene que demostrar que no lo es. Por eso el sello cualificado se paga por bono y el estándar va incluido: es lo único que cambia de lado el trabajo de probar.
Menos de lo que cuesta discutir una sola comisión. Todos los comerciales incluidos.
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El sellado estándar que incluye tu cuota es ilimitado. Solo se paga aparte el sello cualificado, el que emite un prestador de la Lista de Confianza de la UE y al que el artículo 41.2 de eIDAS le reconoce presunción de fecha e integridad.
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✓Si se acaba el bono no se bloquea nada. Las hojas de visita se siguen sellando con el sello estándar y te avisamos. Dejar a un comercial sin poder emitir la hoja porque se agotó un saldo sería lo contrario de para qué sirve esto.
Los bonos no caducan mientras la cuenta esté activa y se abonan a tu saldo al confirmarse el pago. Se consumen por orden de compra, uno por documento sellado con sello cualificado.
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No, y quien te diga lo contrario te está vendiendo humo. Custodia prueba dos cosas: que ese documento exacto existía en esa fecha y hora, y que no ha cambiado desde entonces. No prueba que lo que dice el documento sea cierto ni que la visita ocurriera. Lo que cambia es que dejas de tener dos papeles igual de creíbles: el tuyo lo fecha un tercero y el de la otra agencia se lo fecha ella misma.
No. No hay abogados detrás de esto. Ponemos la estructura del documento, los campos que se rellenan solos desde el CRM y la maquetación; el texto lo escribe tu agencia. Si no tienes hoja de visita propia, partes de un ejemplo orientativo que no sustituye al criterio de tu empresa ni al de tu asesor, y el contenido que dejes en él es responsabilidad tuya.
No puedes: mientras no la edites, el documento sale con marca de agua y no se sella. Es a propósito, para que nadie acabe enviando por inercia un texto que no ha revisado.
Los dos certifican la fecha con un tercero y los dos detectan si el documento se modificó después. La diferencia es quién tiene que probarlo en juicio: con el estándar eres tú quien debe convencer al juez de que la fecha es buena; con el cualificado, la presunción del artículo 41.2 de eIDAS juega a tu favor y es la otra parte la que tiene que demostrar que no lo es. Por eso el estándar va incluido y el cualificado se paga por bono.
No. Las hojas de visita se siguen emitiendo y sellando con el sello estándar, y te avisamos para que recargues. Dejar a un comercial en mitad de una visita sin poder emitir la hoja porque se agotó un saldo sería lo contrario de para qué sirve esto.
No. Lo que hay aquí es firma electrónica simple —la que hace el cliente en el móvil— más un sello de tiempo. No es firma electrónica cualificada ni sustituye a una escritura pública. Lo que aporta es la parte que casi siempre falta en una disputa entre agencias: la fecha certificada por alguien ajeno a las dos.
Sí, y sin registrarse ni pedirte permiso. Cada documento lleva un QR que lleva a la página pública de verificación: quien lo abre ve el documento, la fecha certificada y puede descargarse el sello para comprobarlo por su cuenta con herramientas públicas, sin fiarse ni de ti ni de nosotros.
No con efecto retroactivo. Un sello certifica que el documento existía en el momento en que se selló, así que sellar hoy una hoja de 2024 solo prueba que existe hoy. Lo que se puede sellar es de aquí en adelante: cuanto antes se active, antes empieza a cubrirte.
No. El sellado ocurre dentro de phoneIA en el momento en que se cierra el documento: el comercial hace exactamente lo mismo que hacía y no tiene que acordarse de pulsar nada.
Déjanos tus datos y te explicamos cómo quedaría tu hoja de visita, qué se sella y qué no.
Las de los últimos dos años ya no: un sello solo certifica lo que existía cuando se selló. Cuanto antes se active, antes empieza a cubrirte.
¿Prefieres que te lo contemos? Llámanos al Tel. 633 02 63 62 — contesta un humano.
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